Atendiendo a la reforma al artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Hidrocarburos publicada el pasado 19 de mayo, la Comisión Reguladora de Energía expide el acuerdo A/015/2021 a través del cual deja sin efectos todas las disposiciones generales, acuerdos y resoluciones donde se imponía una regulación asimétrica a la actividad comercial de Pemex en materia de comercialización y venta de primera mano de hidrocarburos.
En dicho acuerdo se señalan un total de 49 instrumentos que quedan sin efectos, por lo cual Pemex podrá participar en las mismas condiciones que los demás actores del mercado de hidrocarburos; la entrada en vigor de dicho acuerdo es el mismo día de su publicación.
Adicionalmente se señala que dicho acuerdo únicamente podrá ser impugnado a través del juicio de amparo indirecto, de conformidad con el artículo 27 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, sin embargo es necesario recordar que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya se ha pronunciado respecto a dicho dispositivo legal, señalando que dicho artículo es inconstitucional por vulnerar la supremacía constitucional en materia del juicio de amparo al establecer una excepción al principio de definitividad.
Para conocer el total de los instrumentos que han quedado sin efectos, consulta la siguiente liga: https://bit.ly/3fADWJ7