Uno de los principales objetivos de la reforma energética de 2013-2014 era buscar una mayor apertura al mercado nacional de participantes, esto se lograba en parte limitando la forma en que Pemex participa en el sector de comercialización y la venta de primera mano de hidrocarburos.
Mediante el artículo décimo transitorio del decreto que expedía la Ley de Hidrocarburos, se señalaba que la Comisión Reguladora de Energía contaría con facultades para sujetar la participación de la Empresa Productiva del Estado a una regulación asimétrica para limitar su poder dominante en el mercado y así lograr una mayor penetración de nuevos participantes en el sector de comercialización y la venta de primera mano de hidrocarburos.
Sin embargo, el 19 de mayo de 2021 se publica en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforma dicho artículo. Esta reforma al artículo transitorio señala que se ha cumplido con el objetivo de permitir una mayor participación de agentes económicos en el mercado de hidrocarburos en México, por lo que resulta ya inoperante la regulación asimétrica a la que estaba sujeta Pemex por parte de la CRE, razón por la cual se deja si efectos dicha regulación así como los acuerdos, disposiciones administrativas de carácter general, resoluciones y lineamientos relacionados con la imposición de principios de regulación asimétrica a los que hayan sujetado en su momento a Pemex.
Para más información puedes consultar el decreto en la siguiente liga: https://bit.ly/3bDy3tH