El Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Circuito publicó la tesis X.2o.5 C (10a.) de materia civil a través de la cual reconoce el derecho que tienen los usuarios del suministro eléctrico en baja tensión proporcionado por parte de la Comisión Federal de Electricidad a recibir un aviso previo cuando se vaya a dar una modificación a alguno de los elementos esenciales del contrato de adhesión que suscriben para recibir dicho servicio. En este contexto, las modificaciones que se hagan a la tarifa deben de ser comunicadas a los usuarios como condición de que pueda ser modificada, por lo que la falta de dicho aviso contraviene las disposiciones del propio contrato de adhesión entre el usuario y la Comisión Federal de Electricidad.
B+A cuenta con un equipo multidisciplinario con conocimientos y experiencia suficiente para salvaguardar tus derechos como usuario del servicio de suministro eléctrico proporcionado por parte de la Comisión Federal de Electricidad.