Ene 12

El uso medicinal de la marihuana

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El uso medicinal de la marihuana

El debate público en México acerca de la criminalización del uso de la marihuana en México, desde hace algunos años, empezó a equipararla a la época prohibicionista en Estados Unidos en la década de los 20s e inicios de los 30s y los efectos nocivos que tuvo dicha época en la vida pública de la sociedad americana.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha resuelto que la prohibición para el uso medicinal de la marihuana y el uso lúdico contravienen derechos humanos como el de la autodeterminación y el derecho de acceso a la salud, lo cual se ve reflejado en las resoluciones de los amparos en revisión 57/2019, 547/2018, 548/2018, 1163/2017, 623/2017, 1115/2017 y 237/2014.

En lo que respecta al uso medicinal de la marihuana, desde el año 2017 se reformó la Ley General de Salud en esta materia, sin embargo, la Secretaría de Salud fue omisa en la emisión de las reglas para su uso medicinal, por lo que la Suprema Corte de Justica de la Nación al momento de resolver el amparo en revisión 57/2019 le ordena a la Secretaría de Salud que en un plazo no mayor a 180 días emita reglas para el uso de medicinas con cannabis; esto sucedió en el mes de agosto de 2019.

La emisión de dicho reglamento para el uso medicinal de la marihuana fue aplazado con motivo de la emergencia sanitaria ocasionada por el virus del SARS-CoV-2, sin embargo, hoy fue publicado finalmente en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario para la Producción, Investigación y Uso Medicinal de la Cannabis y sus Derivados Farmacológicos.

¿Qué actividades se regulan con este nuevo reglamento?

La investigación, la producción, los fines médicos, la fabricación, la importación y la exportación. Es necesario entender que este reglamento únicamente tiene como objetivo el regular la actividad científica, de producción y comercialización de la marihuana para fines medicinales; lo respectivo al uso lúdico queda fuera del alcance de este reglamento.

¿Qué autoridades intervendrán en el uso medicinal de la marihuana?

La Secretaría de Salud será la autoridad que desempeñe un trabajo preponderante en la regulación de la marihuana a través de la COFEPRIS, pero también formaran parte del marco regulatorio la SADER, la Secretaría de Economía y la SHCP.

Aún queda un largo camino por recorrer, pero con la publicación de este reglamento se inicia con un cambio paradigmático en México respecto a la criminalización del uso de la marihuana y los efectos negativos que esto ha ocasionado en la sociedad.

Para más información, en la siguiente liga se puede consular el Reglamento: https://bit.ly/3i4wjeK

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